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14.7. La herencia con conmutación del usufructo del cónyuge viudo o miembro super viviente de la pareja de hecho sobre bienes troncales

Nota- El artículo 70.1 LDCV establece que los derechos de la troncalidad prevalecen sobre la legítima, y en apartado 70.3 LDCV determina que la legítima del cónyuge viudo o miembro superviviente de la pareja de hecho se pagará con bienes no troncales, y solo cuando estos no existan, debe pagarse en bienes troncales en la cuantía necesaria, concediendo, además, en su apartado 70.6 LDCV la posibilidad a los parientes tronqueros de conmutar el usufructo del cónyuge viudo o miembro superviviente de la pareja de hecho que recaiga sobre bienes troncales por un capital en efectivo, que será de su libre disposición.

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1. Praxis extrajudicial (p.1-26).qxp_MaquetaciÛn 1

LA HERENCIA CON CONMUTACIÓN DEL USUFRUCTO DEL CÓNYUGE VIUDO O MIEMBRO SUPERVIVIENTE DE LA PAREJA DE HECHO SOBRE BIENES TRONCALES

ACEPTACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE HERENCIA Y CONMUTACIÓN
DE USUFRUCTO VITALICIO SOBRE BIENES TRONCALES

NÚMERO

En ..., mi residencia, a ... de ... de ...

Ante mí, ..., Notario/a del Ilustre Colegio Notarial de ...,

COMPARECEN:

DON/DOÑA ..., mayor de edad, viudo/a, miembro superviviente de pareja de hecho, de profesión ..., de vecindad civil vasca, y vecindad civil local (vizcaína aforada/no aforada, ayalesa, Llodio, Aramaio y guipuzcoana), vecino/a de ..., con domicilio en la calle ..., número ..., con D.N.I. número ...

DON/DOÑA ..., mayor de edad, soltero/a, casado/a, viudo/a, divorciado/a, pareja de hecho, de profesión ..., de vecindad civil vasca, y vecindad civil local (vizcaína aforada/no aforada, ayalesa, Llodio, Aramaio y guipuzcoana), vecino/a de ..., con domicilio en la calle ..., número ..., con D.N.I. número ...

Y DON/DOÑA ..., mayor de edad, soltero/a, casado/a, viudo/a, divorciado/a, pareja de hecho, de profesión ..., de vecindad civil vasca y de vecindad civil local (vizcaína aforada/no aforada, ayalesa, Llodio, Aramaio y guipuzcoana), vecino/a de ..., con domicilio en la calle ..., número ..., con D.N.I. número …

Constan sus circunstancias personales de sus manifestaciones.

INTERVIENEN todos ellos en su propio nombre y derecho, los identifico por medio de sus Documentos Nacionales de Identidad exhibidos y los juzgo con la capacidad legal necesaria para otorgar la presente escritura de ACEPTACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE HERENCIA Y CONMUTACIÓN DE USUFRUCTO VITALICIO SOBRE BIENES TRONCALES, a cuyo fin,

EXPONEN:

I - Que Don/Doña ..., con D.N.I. número … natural de ..., donde nació el día ..., vecino/a de ..., hijo/a de ... y ..., falleció en ..., de donde era vecino/a, con domicilio en la calle ..., el ..., en estado de casado/a en únicas nupcias con Don/Doña ..., dejando ... hijos, llamados ..., y con testamento otorgado ante el/la Notario/a de ... Don/Doña ..., el ..., número ... de protocolo, en el que después de las manifestaciones de carácter general legó a su esposo/a/pareja de hecho, el usufructo universal de la herencia e instituyó herederos en el resto de sus bienes, derechos y acciones a sus ... hijos, por partes iguales entre ellos.

Certificados de defunción y del Registro General de Actos de Última Voluntad del/de la causante, así como copia autorizada de su testamento, se acompañarán a la primera copia que se expida de la presente.

II- Que al fallecimiento de Don/Doña ... quedaron los siguientes bienes, todos ellos privativos del/de la causante, y además con carácter troncal, al haber sido adquiridos por este por herencia/donación/otros de sus ascendientes:

  1.   - FINCA-

TÍTULO.- ...

INSCRIPCIÓN.- ...

DATOS CATASTRALES.- Tiene asignado el número fijo …

CARGAS Y SITUACIÓN ARRENDATICIA.- Se encuentra libre de cargas, sin arrendar; según manifiestan.

GASTOS DE COMUNIDAD.- Según manifiestan, se encuentra al corriente en el pago de los gastos generales de la comunidad de propietarios a que pertenece la finca. Ello no obstante, no aportan la certificación acreditativa de dicho extremo a que se refiere el artículo 9.I-3), párrafo cuarto, de la Ley de Propiedad Horizontal, exonerándose expresamente los comparecientes de la obligación de aportar dicha certificación.

CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 del Real Decreto 235/20I3, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, la parte transmútente pone a disposición de la adquirente, el certificado de eficiencia energética, obtenido conforme a las disposiciones reglamentarias aplicables, entregándome copia de dicha certificación para dejarla incorporada a esta matriz.

VALOR.- Se valora en ...

  1.    -

FINCA.-

TÍTULO.- ...

INSCRIPCIÓN.- …

DATOS CATASTRALES.- Tiene asignado el número fijo ...

VALOR.- …

  1.    -

FINCA.-

TÍTULO.- ...

INSCRIPCIÓN.- ...

DATOS CATASTRALES.- Tiene asignado el número fijo ...

VALOR.- ...

IMPORTA EL VALOR DE LOS BIENES INVENTARIADOS la suma de ...

  1.            - La herencia de Don/Doña ... está constituida por la totalidad de los bienes inventariados en el expositivo anterior; todos ellos privativos del/de la causante, y troncales de la línea de procedencia del mismo, ascendente a la cantidad de ..., que de conformidad con su testamento corresponde: a su cónyuge/pareja de hecho Don/Doña., el usufructo universal de su herencia, quedando ... que corresponde a sus ... hijos y herederos

Y expuesto lo cual,

OTORGAN:

PRIMERO.- Don/Doña ... y sus hijos ... aceptan la herencia de Don/Doña ..., esposo/a/ pareja de hecho y padre/madre respectivamente, hasta el valor de los bienes heredados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Ley de Derecho Civil Vasco.

SEGUNDO.- Don/Doña ..., hijos del/de la causante Don/ Doña ..., parientes tronqueros del mismo, de conformidad con la facultad conferida en el artículo 70.6 de la Ley de Derecho Civil Vasco, y con el consentimiento expreso de Don/Doña, viudo/a, miembro de la pareja de hecho del/de la fallecido/a Don/Doña., satisfacen a este/a último/a el usufructo que le corresponde, y que recaería íntegramente sobre bienes troncales mediante el pago en efectivo de la cantidad de ..., que entregan en este acto.

Dicho pago se realiza mediante cheque bancario nominativo, testimonio del cual, mediante fotocopia, dejo incorporado a esta matriz.

Manifiestan los hijos y parientes tronqueros Don/Doña ..., que los fondos necesarios para la emisión de dicho cheque provienen de la cuenta número ... titularidad de los mismos en la entidad ...

Don/Doña ... se adjudica, además, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley de Derecho Civil Vasco, el derecho de habitación de la vivienda conyugal descrita en el número 4 del expositivo III de esta escritura.

Y     Don/Doña ..., hijos del/de la causante Don/ Doña ..., parientes tronqueros del mismo, se adjudican por ... e iguales partes la totalidad de los bienes troncales inventariados en el expositivo II de esta escritura.

TERCERO.- Con las adjudicaciones y conmutación efectuadas, los/las comparecientes se dan por satisfechos de sus derechos en la herencia del/de la causante Don/Doña .

CUARTO.- Conforme a la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, dejo incorporada a esta matriz certificación del Registro de Seguros, obtenida telemáticamente, donde consta que el/la causante ... tenía/no tenía seguro a su favor.

QUINTO.- A efectos fiscales hacen constar los/las comparecientes que la herencia de Don/Doña ... fue presentada a liquidación del impuesto correspondiente en la Diputación Foral de ..., con fecha ..., bajo el número ... de entrada.

(EN CASO DE NO HABERSE PRESENTADO SOLICITUDES FISCALES)

... (BIZKAIA) A efectos fiscales solicitan los/las comparecientes la aplicación de las exenciones y bonificaciones que correspondan en el Impuesto sobre Sucesiones, conforme a lo establecido en la Norma Foral 4/2015, de 25 de marzo, del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, modificada en algunos de sus aspectos por la Norma Foral 1/2017, de 12 de abril, de Adaptación del Territorio Histórico de Bizkaia, a la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.

... (GIPUZKOA) A efectos fiscales solicitan los/las comparecientes la aplicación de las exenciones y bonificaciones que correspondan en el Impuesto sobre Sucesiones, conforme a lo establecido en la Norma Foral 3/1990, de 11 de enero, del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, en la redacción dada a la misma por la Norma Foral 1/2014, de 17 de enero, a su vez modificada por la Norma Foral 4/2016, de 14 de noviembre, de adaptación del sistema tributario de Gipuzkoa, a la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco, modificada a su vez por Norma Foral 1/2018, de 10 de mayo, por la que se introducen modificaciones en diversas normas tributarias.

... (ÁLAVA) A efectos fiscales solicitan los/las comparecientes la aplicación de las exenciones y bonificaciones que correspondan en el Impuesto sobre Sucesiones, conforme a lo establecido en la Norma Foral 11/2005, de 16 de mayo, del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, modificada por la Norma Foral 18/2017, de 20 de septiembre, de adaptación del sistema tributario de Álava, al Derecho Civil Vasco.

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 10/2010, de 28 de abril, manifiestan expresamente los/las comparecientes que no existe “titular real”, en los términos previstos en el artículo 4.2.a) de dicha Ley.

PROTECCIÓN DE DATOS

Informo al/a la/a los/las compareciente/s que sus datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (o la Ley que la sustituya) y su normativa de desarrollo, y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

En consecuencia, sus datos se incorporarán a los ficheros correspondientes de esta notaría, prestando en cuanto fuere preciso su consentimiento y quedando informados/as de que dichos datos serán confidenciales y estarán bajo la custodia del/de la Notario/a autorizante o de su sustituto/a o sucesor/a, así como de la cesión de los mismos, en su caso, a las Administraciones Públicas, en especial a las fiscales, conforme a la legislación vigente.

Los datos proporcionados se conservarán durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del/de la Notario/a o quien le sustituya o suceda.

Puede/n ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal ante la Notaría autorizante, sita en ...

Me eximen expresamente los/las comparecientes de la obligación de presentación telemática de la copia de esta escritura, conforme a lo dispuesto en el artículo 249.2 del Reglamento Notarial.

Hago las reservas y advertencias legales y, a efectos fiscales, las relativas a las obligaciones y responsabilidades que incumben a las partes en su aspecto material, formal y sancionador y a las consecuencias de toda índole que se derivarían de la inexactitud de sus declaraciones. Advierto, en especial:

  1. - De las obligaciones relativas al plazo de presentación de esta escritura a liquidación de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, afección de los bienes al pago del primero de dichos Impuestos y de las responsabilidades en caso de no presentación, así como de los efectos de la Ley 8/1989.
  2. - Conforme al artículo 64 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: de que la finca objeto de esta escritura queda afecta al pago de la totalidad de la cuota tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, en los términos previstos en la Ley General Tributaria, en caso de que existan deudas pendientes por dicho Impuesto; de que, en caso de no haberse aportado la referencia catastral, subsiste la obligación de presentar declaración por el impuesto en el plazo legalmente previsto, y de las responsabilidades que pueden derivarse de la falta de presentación de declaraciones o por efectuarlas fuera de plazo o incorrectamente.
  3. - Se advierte expresamente a los/las comparecientes de la posible sujeción al Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza urbana de esta operación y que el Registro de la Propiedad no practicará la inscripción correspondiente mientras no se acredite previamente haber presentado la autoliquidación o, en su caso, la declaración del impuesto, o la comunicación a que se refiere la letra b) del apartado 6 del artículo 110 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo, 2/2004, de 5 de marzo.
  4.          - Y conforme a la Ley 8/1989, sobre la base del valor declarado en este instrumento, en aplicación exclusivamente del número 2 del Real Decreto 1.426/1989, los derechos arancelarios correspondientes a la presente escritura ascienden a la suma de ... euros, a la que se añadirá la que resulte de la aplicación de los números 4, 5 y 7 y Norma Cuarta del citado Real Decreto y de la Norma Foral 7/94.

Leída por mí íntegramente esta escritura a los/las comparecientes, previa renuncia de su derecho a hacerlo por sí, del que les advertí, la encuentran conforme, prestan su consentimiento y firman.

De que, tras su lectura, los/las comparecientes manifiestan haber quedado debidamente informados del contenido de la presente escritura, de que el consentimiento ha sido libremente prestado por ellos/ellas, adecuándose el otorgamiento a su voluntad, debidamente informada, y a la legalidad, y de cuanto se consigna en este original, extendido en ... folios de papel timbrado de la serie ..., números ... y los ... siguientes correlativos, yo, el/la Notario/a, doy fe.


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