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6.3. Institución de heredero/a con apartamiento expreso y sustitución vulgar

Nota- La sustitución vulgar regulada en el art. 774 CC, es la fórmula habitual, combinado con el apartamiento del Derecho civil vasco para designar heredero/a.

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1. Praxis extrajudicial (p.1-26).qxp_MaquetaciÛn 1

INSTITUCIÓN DE HEREDERO/A CON APARTAMIENTO EXPRESO Y SUSTITUCIÓN VULGAR

PRIMERA.- Instituye heredero/a de todos sus bienes, derechos y acciones a ..., por partes iguales ..., sustituido/a vulgarmente en caso de premoriencia o incapacidad por sus descendientes ... Las instituciones ordenadas se hacen, en su caso, con apartamiento expreso de los no incluidos en las mismas de acuerdo con lo establecido en la Legislación Civil Vasca.


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