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2. Asiento de inscripción de adjudicación de bienes sujetos a comunicación foral con ejercicio de poder testatorio

Nota- Si entre los cónyuges/miembros de la pareja de hecho el régimen económico matrimonial o patrimonial es el de comunicación foral de bienes, esta se consolida al fallecimiento de uno de los cónyuges o miembro superviviente de la pareja de hecho con hijos y descendientes comunes, correspondiendo al cónyuge o miembro superviviente de la pareja de hecho la mitad de todos y cada uno de los bienes que integren el patrimonio sucesorio, sin perjuicio de la troncalidad (artículo 132 LDCV). En virtud del artículo 43.1 LDCV, el/la comisario/a podrá ejercitar el poder testatorio por acto inter vivos o mortis causa en testamento ante notario o por pacto sucesorio, a título universal o singular, sin más limitaciones que las impuestas por la ley al testador

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1. Praxis extrajudicial (p.1-26).qxp_MaquetaciÛn 1

ASIENTO DE INSCRIPCIÓN DE ADJUDICACIÓN DE BIENES SUJETOS A COMUNICACIÓN FORAL CON EJERCICIO DE PODER TESTATORIO

Provincia ...

Registro ...

Ayuntamiento/Sección ...

Libro ...

Tomo ...

DATOS DE LA FINCA

-CÓDIGO REGISTRAL ÚNICO (IDUFIR)

-      DESCRIPCIÓN LITERARIA

-      REFERENCIA CATASTRAL

A)        No aporta

B)         Aportada que no resulta coincidente con la finca en los términos del art. 45

TRLC

C)        Aportada referencia SÍ resulta coincidente

-      REPRESENTACIÓN GRÁFICA REGISTRAL

A) NO CONSTA

B) Sí consta por nota marginal y archivada en fecha ... y consistente:

-    Certificación Catastral descriptiva y gráfica.

-    Representación georeferenciada no catastral.

-    Plano Proyecto Reparcelación.

-    Etc.

-    CALIFICACIÓN URBANÍSTICA O ADMINISTRATIVA

-No consta

-    Consta (Mediante Certificación ...)

-    CARGAS

-    Sin Cargas

-    Gravada con …

-    VALOR DECLARADO DE LA FINCA

MOTIVO DE ESTE ASIENTO: COMUNICACIÓN FORAL Y PODER TESTATORIO.- Don/Doña ... adquirió esta finca por herencia y donación previo traslado según la inscripción …/…. Don/Doña ..., titular del D.N.I. número ..., nacido/a el día ... de ... de ..., falleció en ..., donde se encontraba accidentalmente, el día ... de ... de ..., siendo vecino/a de ... De su matrimonio, único contraído, le sobreviven los tres hijos/as llamados/as, Don/Doña ... Dicho/a causante falleció hallándose vigente el testamento que otorgó ante el/la Notario/a de ..., Don/Doña ..., el ... de ... de ..., con n° ... de su protocolo, en el que dispuso las siguientes: “PRIMERO. Lega a su esposo/a Don/Doña ..., el usufructo universal y vitalicio de su herencia, relevándole de la obligación de prestar fianza y atribuyéndole la facultad de tomar por sí mismo/a posesión de este legado. SEGUNDO. En uso del derecho que le reconoce la vigente legislación civil vasca, por haber rectificado su vecindad civil ante el Encargado del Registro Civil de ..., con fecha de ... de ... de ..., nombra comisario/a a su esposo/a Don/Doña ..., encomendándole en tal concepto, para después de su fallecimiento, la designación de sucesor/a o sucesores/as y la distribución de sus bienes, encargo que podrá cumplimentar; mediante actos “inter vivos” o “mortis causa”, en plazo indefinido. TERCERO. Para el caso de que su nombrado/a esposo/a falleciese sin haber hecho uso del poder testatorio que le deja conferido en la cláusula precedente o habiéndolo utilizado en relación a solo una parte de los bienes del testador, dispone este/a lo siguiente: a) Instituye herederos/as de todos sus bienes a sus tres hijos/as Don/Doña ..., por partes iguales con sustitución vulgar a favor de sus respectivos descendientes. b) El/la testador/a excluye y aparta de su herencia a todos sus parientes no llamados a ella, con el mínimum que consiente la vigente legislación civil vasca. Los certificados de Defunción y del Registro General de Actos de Última Voluntad del/de la fallecido/a, así como copia autorizada del referido testamento quedan incorporados a la presente matriz. Teniendo en cuenta la vecindad civil vasca y vecindad civil local vizcaína aforada de ambos cónyuges al mismo tiempo de casarse, y no habiendo otorgado Capitulaciones Matrimoniales, previas ni posteriores al matrimonio, el régimen económico matrimonial es el de la Comunicación Foral de Bienes que rige en la Ley de Derecho Civil Vasco (artículos 129 a 146), siendo por ello todos y cada uno de los bienes precedentemente inventariados de naturaleza común. Y teniendo en cuenta la vecindad civil del/de la causante al tiempo de su fallecimiento, que era la de la vecindad civil local vizcaína aforada, su sucesión se rige por el Derecho Civil Vasco. Por el presente título comparecen Don/Doña …, nacido/a el día ... de ... de ..., viudo/a, de profesión ..., vecino/a de ..., con domicilio en ..., número ..., provista de D.N.I. número ..., manifiesta que es de nacionalidad española, de vecindad civil vasca y vecindad civil local vizcaína aforada y su régimen económico matrimonial era el de comunicación foral de bienes; Don/Doña ..., nacido/a el día ... de ... de ..., casado/a con Don/Doña ..., de profesión ..., vecino/a de ..., con domicilio en ..., número ..., provista de D.N.I. número ..., manifiesta que es de nacionalidad española, de vecindad civil vasca y vecindad civil local vizcaína aforada y su régimen económico matrimonial es el de comunicación foral de bienes/gananciales/separación de bienes; Don/Doña ..., nacido/a el día ... de ... de ..., casado/a con Don/Doña ..., de profesión ..., vecino/a de ..., con domicilio en ..., número ..., provista de D.N.I. número ..., manifiesta que es de nacionalidad española, de vecindad civil vasca y vecindad civil local vizcaína aforada y su régimen económico matrimonial era el de comunicación foral de bienes gananciales/separación de bienes y Don/Doña ..., nacido/a el día ... de ... de ..., casado/a con Don/Doña ..., de profesión ..., vecino/a de ..., con domicilio en ..., número ..., provista de D.N.I. número ..., manifiesta que es de nacionalidad española, de vecindad civil vasca y vecindad civil local vizcaína aforada y su régimen económico matrimonial era el de comunicación foral de bienes gananciales/separación de bienes, manifiestan la finca de este número y otras fincas más, y Don/Doña ... (la viuda o viudo), por sí y además en su condición de comisario/a foral de su finado/a esposo/a, Don/Doña ... y de conformidad con lo previsto en la vigente legislación civil vasca haciendo uso parcial del poder testatorio que le confirió su finado/a esposo/a, aunque sin agotar las facultades conferidas, procede en este acto a la liquidación parcial de la sociedad conyugal y de la herencia de su finado/a esposo/a y se ADJUDICA en pago parcial de sus derechos hereditarios en la sucesión de su finado/a esposo/a el usufructo vitalicio de la finca de este número y en su condición de comisario/a foral de su finado/a esposo/a DONA PURA Y SIMPLEMENTE en este acto a su hijo/a Don/Doña ... la NUDA PROPIEDAD de la finca de este número, el/la cual acepta. Don/Doña ... (la viuda o viudo), en relación con las donaciones realizadas, aparta y excluye a los demás hijos/as y descendientes conforme a lo previsto en la legislación civil vasca, manifestando que las mismas tienen el carácter de no colacionables.

ACTA DE INSCRIPCIÓN: En su virtud, INSCRIBO a favor de Don/Doña ... en cuanto al USUFRUCTO VITALICIO de la finca de este número por título de HERENCIA TESTADA a favor de Don/Doña … en cuanto a la NUDA PROPIEDAD por título de DONACIÓN POR COMISARIO, con carácter privativo en ambos casos.

TITULACIÓN APORTADA Y DATOS PERSONALES: Así resulta de una escritura autorizada el día ... de ... de ..., por el/la Notario/a de ..., Don/Doña, protocolo n° …

ASIENTO DE PRESENTACIÓN: La cual ha sido presentada a las ... horas y ... minutos el día ... de ... de ..., Asiento ... del Diario .... Exento impuestos.

FECHA Y FIRMA: En ..., a ...


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