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¿Cuál es la definición legal de caserío con arreglo al Fuero de Gipuzkoa?
Con arreglo al Fuero de Gipuzkoa, se entiende por caserío el conjunto formado por la casa destinada a vivienda y cualesquiera otras edificaciones, dependencias, terrenos y ondazilegis anejos a aquélla, así como el mobiliario, semovientes y máquinas afectos a su explotación, si fuere objeto de ésta.