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¿Existe un Derecho civil foral de Gipuzkoa?
Pese a la falta de leyes escritas, la población guipuzcoana mantuvo desde antiguo sus propias instituciones de carácter consuetudinario, que lograron sobrevivir con grandes dificultades frente al acoso del Derecho escrito. Esta ordenación consuetudinaria, localizada en las zonas rurales, se centraba especialmente en la transmisión indivisa del caserío. Por fin, la Ley 3/1999, de 16 de noviembre, del Parlamento Vasco, reguló por escrito este Fuero de Gipuzkoa y lo incorporó a la Ley 3/1992, de Derecho Civil Foral del País Vasco (artículos 147 a 188).