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¿Qué bienes responden de las deudas y obligaciones contraídas por uno solo de los cónyuges sin el consentimiento del otro?
Dichas deudas y obligaciones únicamente serán de cargo de la respectiva mitad comunicada del obligado, con ciertas limitaciones establecidas por la ley, entre las que destaca el hecho de que quedarán siempre libres de responsabilidad los bienes procedentes del cónyuge no deudor.