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¿Es obligatorio distribuir la legítima a partes iguales entre los sucesores forzosos? ¿Y hay que respetar en todo caso la proximidad de grado dentro de cada línea?
No. La persona testadora puede distribuir libremente los bienes que integran la sucesión forzosa entre los sucesores comprendidos en cada una de las líneas, o elegir a uno solo de ellos, apartando a los demás, e incluso preferir al de grado más remoto frente al de grado más próximo.