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¿En qué casos se extingue el poder testatorio?

El poder testatorio se extingue:

1.     Al expirar el plazo establecido para su ejercicio.

2.   Por muerte, imposibilidad o inca­pacidad sobrevenida al comisario.

3.   En el caso de cónyuge-comisario, por la presentación de la demanda de separación, divorcio o nulidad matri­monial después de otorgado el poder testatorio.

4.     Cuando el cónyuge-comisario contraiga ulteriores nupcias, lleve vida marital de hecho o tenga un hijo no matrimonial, salvo que el testador hu­biere dispuesto expresamente lo con­trario.

5.   Por renuncia.

6.   Por incurrir el comisario, para con el causante o sus descendientes, en al­guna de las causas que dan lugar a la indignidad para suceder.

7.   Por las causas previstas en el pro­pio poder.

8.   Por revocación.

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