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¿Son revocables las disposiciones otorgadas por el comisario en uso del poder testatorio?
Con carácter general, no lo son. Sin embargo, hay que tener en cuenta que el cónyuge sobreviviente puede hacer uso en su propio testamento del poder testatorio concedido por el premuerto, aunque sea sólo para disponer en favor de los hijos y descendientes comunes; y, en este último caso, puede el comisario dar carácter revocable, de una manera expresa, a la disposición realizada en representación de su cónyuge.