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¿Es cierto que las parejas de hecho tienen la misma consideración que las casadas?
Efectivamente, a los efectos de la Ley de Derecho Civil Foral del País Vasco, las parejas de hecho tienen la misma consideración que las casadas. Así, en relación con el régimen sucesorio y en función del Derecho Civil foral aplicable en cada caso: las parejas de hecho pueden pactar que a la muerte de uno de ellos el otro pueda conservar en usufructo la totalidad de los bienes comunes; pueden, asimismo, disponer conjuntamente de sus bienes en un solo instrumento, mediante el testamento mancomunado o de hermandad, pudiendo ser revocado o modificado por los miembros de la pareja; y pueden, por último, nombrarse recíprocamente comisario en el testamento o pacto sucesorio.