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3.4. Testamento abierto con designación de los parientes tronqueros como herederos sobre los bienes troncales en Bizkaia, Aramaio y Llodio

Nota- La Sección Tercera LDCV (artículos 61 a 71) regula la troncalidad en la Tierra Llana de Bizkaia, Aramaio y Llodio, estableciéndose expresamente en el artículo 62.2 que el propietario de los bienes troncales solamente puede disponer de ellos respetando los derechos de los parientes tronqueros, derechos que deben tenerse especialmente en cuenta en las disposiciones mortis causa de los mismos, ya que, por una parte el artículo 69.2 LDCV determina la anulabilidad de las cláusulas que contengan disposiciones de bienes troncales a favor de extraños o de parientes que no pertenezcan a la línea preferente, y por otra, el artículo 70.1 LDCV declara los derechos de troncalidad preferentes sobre la legítima. No hay que olvidar, por otra parte, la posible aplicación de la troncalidad a quienes habiendo sido de vecindad civil local vizcaína, posteriormente hayan perdido la misma, según el artículo 68.3 LDCV

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1. Praxis extrajudicial (p.1-26).qxp_MaquetaciÛn 1

TESTAMENTO ABIERTO CON DESIGNACIÓN DE LOS PARIENTES TRONQUEROS COMO HEREDEROS SOBRE LOS BIENES TRONCALES EN BIZKAIA, ARAMAIO Y LLODIO

TESTAMENTO ABIERTO

NÚMERO

En ..., mi residencia, a ...

Ante mí, ..., Notario/a del Ilustre Colegio Notarial de ...,

COMPARECE:

DON/DOÑA ..., nacido/a el día ... en ..., mayor de edad, hijo/a de ... y ... que viven/fallecidos, de profesión ..., de vecindad civil vasca y en su caso de vecindad civil local (vizcaína aforada/no aforada, Llodio y Aramaio), vecino/a de ..., con domicilio en la calle ..., número ..., con D.N.I. número ...

Constan sus circunstancias personales de sus manifestaciones.

Tiene a mi juicio la capacidad legal suficiente para testar y ordena su Última Voluntad que yo, el/la Notario/a, redacto conforme a sus instrucciones verbales en las siguientes

CLÁUSULAS:

PRIMERA.- Manifiesta que se encuentra casado/a en primeras nupcias ... (o constituye pareja de hecho) con Don/Doña ..., y que carece de hijos y descendientes.

SEGUNDA.- Manifiesta el/la testador/a hallarse sujeto/a a lo establecido en la Legislación Civil Vasca, por razón de su vecindad y a lo establecido en la misma por razón de su vecindad civil local (vizcaína aforada/no aforada, Llodio, Aramaio), que posee por su origen ... y/o su residencia continuada por el tiempo exigido en la Ley en la Tierra Llana o Infanzonado de Bizkaia/Llodio/Aramaio.

TERCERA.- Lega a sus padres/ hermanos/sobrinos tronqueros Don/Doña ..., por la línea de procedencia de los bienes, por partes iguales entre ellos, la titularidad de todos los bienes troncales que le pudieran corresponder en el momento de su fallecimiento.

CUARTA.- Instituye heredero/a universal en el resto de sus bienes, derechos y acciones a su cónyuge/ miembro superviviente de la pareja de hecho Don/Doña ...

El cónyuge viudo o miembro superviviente de la pareja de hecho, tendrá además derecho de habitación en la vivienda conyugal, .incluso aún cuando tenga carácter troncal, mientras se mantenga en estado de viudedad, no haga vida marital ni tenga un hijo/a no matrimonial o no constituya una nueva pareja de hecho.

QUINTA.- La anterior disposición se hace en su caso, con apartamiento expreso (… o tácito) de los no incluidos en la misma de acuerdo con lo establecido en la Legislación Civil Vasca.

SEXTA.- Para el caso de que sus herederos no se entendieran o no pudieran verificar por sí solos la partición, nombra Albacea, Contador-Partidor; con las más amplias facultades particionales, en especial la de liquidar la sociedad conyugal o patrimonial existente entre el/la testador/a y su cónyuge viudo o la sociedad patrimonial existente ente el/la testador/a y el miembro superviviente de la pareja de hecho., entregar legados, fijar y pagar legítimas, enajenar bienes de la herencia del testador y cuantas facultades le correspondan en virtud de la Ley con prórroga del plazo legal por ... años, a contar desde el día en que sea requerido para ello, a ...

SÉPTIMA.- Revoca expresamente cualquier disposición testamentaria anterior a la presente.

PROTECCIÓN DE DATOS

Informo al/a la/a los/las compareciente/s que sus datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (o la Ley que la sustituya) y su normativa de desarrollo, y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

En consecuencia, sus datos se incorporarán a los ficheros correspondientes de esta notaría, prestando en cuanto fuere preciso su consentimiento y quedando informados/as de que dichos datos serán confidenciales y estarán bajo la custodia del/de la Notario/a autorizante o de su sustituto/a o sucesor/a, así como de la cesión de los mismos, en su caso, a las Administraciones Públicas, en especial a las fiscales, conforme a la legislación vigente.

Los datos proporcionados se conservarán durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del/de la Notario/a o quien le sustituya o suceda.

Puede/n ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal ante la Notaría autorizante, sita en ...

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 10/2010, de 28 de abril, manifiesta expresamente el/la compareciente que no existe “titular real”, en los términos previstos en el artículo 4.2.a) de dicha Ley.

Leído por mí íntegramente y en alta voz este testamento al/a la compareciente, él/ella renunció a su derecho a leerlo por sí, del que le advertí; lo encuentra conforme el/la testador/a por expresar su última voluntad y firma.

Y yo, el/la Notario/a , doy fe: de conocer al/a la testador/a, de que, tras su lectura, el/la compareciente manifiesta haber quedado debidamente informado/a del contenido del presente testamento, de que el consentimiento ha sido libremente prestado por aquel/lla, adecuándose el otorgamiento a su voluntad, debidamente informada, y a la legalidad, de haberse observado en este otorgamiento la unidad de acto y demás solemnidades prevenidas en el Código Civil y de cuanto se consigna en este original, extendido sobre ... folios de papel timbrado de serie ..., números ... y … correlativo, y cuya autorización termina a las ...

NOTA.- El mismo día de su autorización, remito al Decanato el parte correspondiente. Doy fe.-


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