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  • ¿En qué momento hay que ejercitar la saca foral?

    Pese a tratarse un solo derecho, la saca foral es ejercitable en dos momentos o fases diferentes: una, acudiendo a los llamamientos que ha de realizar el transmitente de su intención de enajenar el bien raíz y quedarse con el bien en un precio establecido pericialmente; y otra, en caso de que se haya enajenado ese bien sin realizar los mencionados llamamientos, en cuyo caso se puede solicitar que se anule la enajenación y se adjudique el bien raíz a quien ejercita la saca en su justa valoración.


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