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  • ¿En qué casos se extingue el poder testatorio?

    El poder testatorio se extingue:

    1.     Al expirar el plazo establecido para su ejercicio.

    2.   Por muerte, imposibilidad o inca­pacidad sobrevenida al comisario.

    3.   En el caso de cónyuge-comisario, por la presentación de la demanda de separación, divorcio o nulidad matri­monial después de otorgado el poder testatorio.

    4.     Cuando el cónyuge-comisario contraiga ulteriores nupcias, lleve vida marital de hecho o tenga un hijo no matrimonial, salvo que el testador hu­biere dispuesto expresamente lo con­trario.

    5.   Por renuncia.

    6.   Por incurrir el comisario, para con el causante o sus descendientes, en al­guna de las causas que dan lugar a la indignidad para suceder.

    7.   Por las causas previstas en el pro­pio poder.

    8.   Por revocación.


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