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Troncalidad y SucesiĆ³n, una Sentencia reciente

Forulege 10/05/2019

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha declarado no haber lugar al recurso de casación interpuesto por el Arzobispado de Toledo, Primado de España, frente a la Sentencia de la sección 2ª.  de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa de 8 de enero de 2016, que ratifica la Sentencia del Juzgado de Instancia nº. 7 de Donostia San Sebastián de 29 de julio de 2015.

La Sentencia de Instancia declaró la nulidad parcial del testamento otorgado por un causante fallecido con vecindad civil común (Donostia-San Sebastian),  que había ostentado previamente vecindad civil vizcaína de villa, (Durango), y respecto a los bienes considerados troncales para su hermano (ubicados tanto en anteiglesia como en zona aforada de villa). Declara, asimismo, la nulidad de la escritura de aceptación de herencia y la nulidad de las inscripciones registrales operadas a favor del Arzobispado de Toledo respecto a los citados bienes.

El recurso de casación frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa se interpuso ante el Tribunal Supremo. Por Auto de 23 de mayo de 2018 el TS declaró que la competencia para resolver el recurso correspondía al TSJPV a pesar de que se hubiera alegado vulneración de preceptos constitucionales.

La recurrente encauzó a través de uno de sus motivos de casación, -tanto ante el Tribunal Supremo como ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco-, la solicitud de que se planteara la cuestión de inconstitucionalidad respecto al apartado segundo del  artículo 23 de la Ley 3/1992 de Derecho Civil Foral del País Vasco.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, había resuelto inadmitir a trámite el referido motivo de casación, y por Auto de 23 de enero de 2019 que resolvía sobre un recurso extraordinario de nulidad de actuaciones declaró expresamente no albergar ninguna duda sobre la constitucionalidad del citado artículo 23.

Agradecemos dicha información a don Gontzal Aizpuru Ondaro, miembro de la Junta Directiva de la Academia Vasca de Derecho.

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