faq

  • ¿En qué consiste la troncalidad en Bizkaia y cuál es su finalidad?

    La troncalidad es una institución básica en el Derecho civil foral de Bizkaia, puesto que afecta a todas sus instituciones familiares y sucesorias. La troncalidad vizcaína, más extensa que la de otros territorios forales, tiene dos elementos: el personal o subjetivo y el real u objetivo. El elemento personal se refiere al parentesco que debe existir con el titular de los bienes, que se determina en todo caso en relación a un bien raíz sito en la Tierra llana, y que obliga a identificar, no sólo a dicho titular, sino también al tronco y a los parientes tronqueros. El elemento real se refiere, por otro lado, a los bienes sobre los que recae la troncalidad, que deben ser necesariamente bienes raíces sitos en la Tierra llana de Bizkaia. A estos bienes se les denomina bienes troncales. Teniendo en cuenta estos dos elementos de la troncalidad vizcaína, tienen la consideración de bienes troncales, en función de la causa o procedencia de los mismos:

    - Con relación a la línea descendente, todos los bienes raíces sitos en el Infanzonado, cualquiera que fuese el título de su adquisición, aunque hubie­sen sido adquiridos de extraños.

    - Con relación a las líneas ascendente y colateral, todos los bienes raíces sitos en el Infanzonado que hayan pertenecido al tronco común del sucesor/adquirente y del causante de la sucesión/transmitente, incluso los que este último hubiese adquirido de extraños.

    Asimismo, tienen la consideración de troncales los adquiridos por permuta u otro título oneroso que implique la subrogación de bienes troncales por otros radi­cantes en el Infanzonado o Tierra Llana.

    La finalidad de la troncalidad vizcaína radica en la protección del carácter familiar del patrimonio, y, en virtud de la misma, el titular de los bienes raíces solamente puede disponer de los mismos respetando los derechos de los parientes tronqueros, de donde se concluye que la troncalidad es una limitación a la facultad de disponer y una expectativa de adquisición por parte de los parientes tronqueros.


<< Volver

faq
AVD Academia vasca de derecho · ZEA zuzenbidearen euskal akademia

AVD · ZEA · Academia Vasca de Derecho · Zuzenbidearen Euskal Akademia
Alda. Recalde 8, 1º dcha. 48009 Bilbao. Tel.: (+34) 94 425 57 15 - Fax: (+34) 94 424 64 99
moc.aez-dva@airaterces
Patrocinadores:
Eusko Jaularitza. Justizia eta Herri Administrazio Saila
Departamento de Justicia y Administración Pública
ivap
bbk
bizkaia
Colaborador:
Foru Zuzenbidea Ikertzeko Taldea - Bilbao
Grupo de Estudio de Derecho Civil Vasco
©2009-2024. AVD-ZEA. Aviso legal