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  • ¿En qué casos se extingue el poder testatorio?

    El poder testatorio se extingue:

    1. Al expirar el plazo establecido para su ejercicio.

    2. Por muerte, imposibilidad o inca­pacidad sobrevenida al comisario.

    3. Por la presentación de la demanda de separación, divorcio o nulidad matri­monial después de otorgado el poder testatorio.

    4. Cuando el cónyuge-comisario contraiga ulteriores nupcias o lleve vida marital de hecho, salvo que el testador hu­biere dispuesto expresamente lo con­trario.

    5. Por renuncia.

    6. Por incurrir el comisario, para con el causante o sus descendientes, en al­guna de las causas que dan lugar a la indignidad para suceder.

    7. Por las causas previstas en el pro­pio poder.

    8. Por revocación.


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