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  • ¿Qué plazo tiene el comisario para cumplir con el encargo que se le ha conferido?

    El comitente puede señalar plazo para el ejercicio del poder testatorio. Si el comisario fuese el cónyuge, el poder puede serle conferido por plazo indefi­nido o por los años que viviere. A falta de señalamiento de plazo, éste será de un año desde la muerte del testa­dor, o desde la declaración judicial de su fallecimiento, si todos los presuntos su­cesores fuesen mayores de edad; en otro caso, desde que alcanzaren la mayoría de edad todos ellos, sin que sea suficiente, a estos efectos, la emancipación.


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