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  • ¿Qué es el poder testatorio?

    Es el otorgado por una persona (comitente) a favor de otra (comisaria), para que disponga de sus bienes después de la muerte. El testamento por comisario es, por tanto, el que otorga la persona comisaria haciendo uso del poder testatorio. En el Fuero de Bizkaia, si el poder testatorio se confiere a quien no es cónyuge, debe hacerse necesariamente en testamento notarial. Si, por el contrario, se confiere al cónyuge, puede hacerse, además de en testamento notarial, en escritura de capitulaciones o en pacto sucesorio.


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